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Nuestros antecedentes

El 2 de Marzo de 1995, en el DOF se publicó la Reforma al 4o. Párrafo del Art. 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El 12 de mayo de 1995, es promulgada la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario. La SECODAM mediante el DOF del 23 de diciembre de 1999 destina a la SCT los inmuebles de la vía general de comunicación ferroviaria del Istmo de Tehuantepec.

 

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Comunicado prensa

Con la finalidad de preservar el servicio del ferrocarril Chiapas-Mayab, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) decidió permitir al Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V. (FIT), una modalidad para que realice la operación y explotación de estas vías ferroviarias, preste el servicio local y otorgue derechos de paso a cualquiera de los demás concesionarios para que también brinden dicho servicio.

Enlaces de Gobierno Federal

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